La puesta en marcha del nuevo Código Procesal Civil representa un antes y un después en material judicial, sobre todo porque apunta a acercar a la gente a la Justicia y a brindar soluciones en plazos aceptables que, hasta antes de es modificación, podían extenderse de tal manera que, incluso, llegaron a derivar en sanciones de Cortes internacionales. Por todo esto, Pedro Cagna, titular del juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Común de la V Nominación Centro Judicial Capital y uno de los autores de la nueva norma, asegura que la modificación sólo tendrá beneficios para el ciudadano.
El Colegio de Abogados, en pie de guerra por los nuevos Códigos Procesales“Este fue un proceso que se inició en diciembre de 2015, con una comisión interpoderes, con los Colegios de Abogados, las tres universidades, los tres poderes del Estado, abarcando el ejercicio del derecho y de la actividad judicial, con una integración plural. La comisión redactora entregó su trabajo el 13 de septiembre de 2019, se aprobó en marzo de 2022, y se publicó el 6 de mayo de 2022, lo que se conoce como ley 9531. Entre otras cosas había que adecuar la incorporación de la tecnología a los procesos, lo que se aceleró como consecuencia de la pandemia y del aislamiento”, explicó el magistrado. “Lla idea es trabajar sobre un diagnóstico que nos reclamaba la sociedad, evitar la enorme duración de los procesos judiciales, un reclamo incluso internacional, ya que habíamos sido condenados por la fata de cumplimento de los plazos razonables. Siempre la estadística colabora. En nuestro fuero, en primera instancia un proceso podía durar cinco años y medio, y dos años y medio de producción de pruebas. Ahora incorporamos la oralidad, redujimos la producción de prueba a tres o cuatro meses, incorporamos la tecnología. Pero a todo esto había que darle un soporte normativo”, agregó Cagna. Explicó que “hasta aquí los institutos que se incorporaban al proceso se daban de materia pretoriana, ya que eran acordadas de la Corte. Por ejemplo se había incorporado la oralidad sin reforma procesal. Ahora, con el nuevo Código, se empezó a trabajar la digitalización, el casillero digital, el expediente digital, herramientas que a todos nos benefician”.
Cagna aseguró también que “el Código Procesal que presentamos a la Legislatura se caracteriza por ser genuinamente local, si bien se estudiaron antecedentes internacionales, se trata de una norma con impronta comarcana. Es un código de consensos. Tuvimos que tomar definiciones con un objetivo común; que el ciudadano común tenga un mayor y un mejor acceso a la Justicia”. “Este Código hace hincapié en la inmediación del juez ante las partes, al derecho a ser oído, garantizado constitucionalmente, que le pueda ver la cara, el rostro a quien le está pidiendo que resuelva su conflicto, por lo que el proceso se humaniza. Antes la logia del expediente escrito era opaco, lento, oculto. La otra cuestión es que lo que se procura es establecer sistemas de incentivos y de desincentivos, distribuir el tiempo de manera eficiente, Muchas veces una persona que reclama sus derechos puede estar cuatro o cinco años hasta una sentencia, y después podría pasar a la cámara con otro año y medio, y recién comenzaba el calvario de hacer ejecutar esa sentencia, Ahora, luego de la sentencia, aunque pueda ser revisada, se puede hacer una ejecución provisional”, explicó el magistrado.
Cagna además ilustró que “el fuero Civil y Comercial es residual. Todo lo que no tenga asignada una competencia específica es tramitada en los fueron civiles, como cuestiones patrimoniales, de prescripción, reivindicación, ser reclaman contratos de crédito de ahorro previos para fines determinados, cláusulas uva, derecho del consumidor, etcétera”. Por eso, indicó, era tan importante este nuevo Código que ya está en práctica. “La Corte Interamericana advierte que el justiciable tiene derecho a la Justicia y obtener respuesta en un tiempo razonable. Entonces, como decía (Winston) Churchill, el problema no es tomar una decisión, el problema es no tomarla. Y estas deben llegar en tiempo oportuno”.
El juez aseguró que “la pandemia puso en evidencia las asimetrías. Pero la incorporación de la tecnología de la información sirvió para acercarnos. Antes, la actividad que se desarrollaba tenía tres dimensiones, lugar, tiempo y forma. El lugar era el Palacio de Justicia, hoy es cualquier parte del mundo para notificarse de las providencias. Antes las horas eran hábiles o inhábiles, hoy puedo presentarlo a las 3 de la mañana si quiero, y la forma antes era escrita, y ahora se aboga por la oralidad. También consideró que “en Tucumán los niveles de litigiosidad son muy altos. En el fuero Civil y Comercial hay ocho jueces. En cada juzgado ingresan 100 causas por mes, es decir cinco por día hábil. Con la actual situación de la economía, cada vez se ven más causas de acciones de consumo, fraudes bancarios, de phishing bancario, todo esto que viene de la mano del mal uso de la tecnología”. “Este Código Procesal Civil y Comercial es una disposición normativa, es una herramienta a los fines de que los operadores jurídicos la puedan utilizar. No son ni buenas ni malas. Todo depende del modo que se use. Tenemos muy en cuenta las características de las prácticas forenses comarcanas”,
Finalmente, con respecto a la polémica con el Colegio de Abogados, que no quiere que aún se implemente este nuevo Código, Cagna aseveró que la norma fue aprobada por la Legislatura hace ocho meses. “Iba a entrar en vigencia el 1 de octubre, se difirió el 1 de noviembre. Son importantes las capacitaciones, los abogados sabemos que tenemos que estar siempre con el Código procesal bajo el brazo. Hace poco, 10 días, se hizo una reforma al código procesal, ley 9608, que reforma los otros códigos. Muchas de esas reformas no incorporan elementos significativos, fueron readecuaciones. La puesta en marcha nos va a decir debilidades y fortalezas, pero todos los aportes que se hagan son valiosos”, concluyó.